Código Civil
Artículo 1775: Prohibición de introducir variaciones
Ver todos los artículosEl contratista no puede introducir variaciones en las características convenidas de la obra sin la aprobación escrita del comitente.
El contratista no puede cambiar las características acordadas de la obra por su propia decisión. Para hacerlo, necesita la aprobación escrita del comitente (quien encargó la obra).
Jorge contrató a Luis para construir una casa con tres habitaciones; Luis solo puede modificar ese diseño si Jorge lo aprueba por escrito.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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