Código Civil
Artículo 177: Irretroactividad de la condición
Ver todos los artículosLa condición no opera retroactivamente, salvo pacto en contrario.
La condición no produce efectos hacia el pasado. Solo puede aplicarse retroactivamente cuando las partes acuerdan expresamente lo contrario.
Rosa y Luis acuerdan que la venta dependerá de un préstamo y pactan que, si se obtiene, sus efectos se remonten al acuerdo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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