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Código Civil

Artículo 178: Efectos de plazos suspensivo y resolutorio

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Texto literal del artículo

Cuando el plazo es suspensivo, el acto no surte efecto mientras se encuentre pendiente. Cuando el plazo es resolutorio, los efectos del acto cesan a su vencimiento. Antes del vencimiento del plazo, quien tenga derecho a recibir alguna prestación puede ejercitar las acciones conducentes a la cautela de su derecho.

Resumen breve

Con un plazo suspensivo, el acto no produce efectos mientras el plazo esté pendiente; con uno resolutorio, sus efectos terminan al vencerse. Antes de esa fecha, quien deba recibir una prestación puede realizar acciones para proteger su derecho.

Ejemplo cotidiano

Rosa debe recibir una máquina el 1 de julio y, antes de esa fecha, puede tomar medidas para proteger su derecho a recibirla.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.