Código Civil
Artículo 1733: Intrasmisibilidad del comodato
Ver todos los artículosLas obligaciones y derechos que resulten del comodato no se trasmiten a los herederos del comodatario, salvo que el bien haya sido dado en comodato para una finalidad que no pueda suspenderse.
Los derechos y obligaciones del comodatario (quien recibe un bien prestado gratuitamente) no pasan a sus herederos cuando este muere. La excepción ocurre cuando el préstamo se otorgó para una finalidad que no puede suspenderse.
Jorge recibe en comodato una máquina para una actividad continua y, al fallecer, sus herederos mantienen sus obligaciones porque la finalidad del préstamo no puede suspenderse.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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