MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 1722: Extensión de responsabilidad del hospedante

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

La responsabilidad del hospedante por la custodia de los bienes depositados o introducidos se extiende a los actos u omisiones de los familiares que trabajan con él y a sus dependientes.

Resumen breve

El hospedante responde por la custodia de los bienes que sus huéspedes depositan o introducen. Esa responsabilidad también comprende los actos u omisiones de sus familiares que trabajan con él y de sus dependientes.

Ejemplo cotidiano

Cuando Rosa deja su maleta en un hospedaje, el dueño responde también si su hermano trabajador o un empleado la pierde por descuido.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.