Código Civil
Artículo 1720: Declaración de objetos de uso común
Ver todos los artículosEl hospedante tiene derecho a solicitar del huésped, dentro de las veinticuatro horas de su ingreso, una declaración escrita de los objetos de uso común introducidos, así como a comprobar su exactitud.
El hospedante puede pedir al huésped, dentro de las primeras veinticuatro horas de su ingreso, una declaración escrita de los objetos de uso común que llevó. También puede comprobar que la declaración sea exacta.
Dentro de las primeras veinticuatro horas, Luis pide a Rosa una lista escrita de los objetos de uso común que introdujo y verifica que coincida.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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