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Código Civil

Artículo 1705: Causales de conclusión extrajudicial

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Texto literal del artículo

Además concluye el arrendamiento, sin necesidad de declaración judicial, en los siguientes casos: 1.- Cuando el arrendador sea vencido en juicio sobre el derecho que tenía. 2.- Si es preciso para la conservación del bien que el arrendatario lo devuelva con el fin de repararlo. 3.- Por la destrucción total o pérdida del bien arrendado. 4.- En caso de expropiación. 5.- Si dentro de los noventa días de la muerte del arrendatario, sus herederos que usan el bien, comunican al arrendador que no continuarán el contrato.

Resumen breve

El arrendamiento termina automáticamente, sin que un juez deba declararlo, si el arrendador pierde el juicio sobre su derecho, necesita recuperar el bien para repararlo, este se destruye o se pierde, o es expropiado. También concluye si, dentro de los 90 días posteriores a la muerte del arrendatario, sus herederos que ocupan el bien comunican que no continuarán.

Ejemplo cotidiano

Tras la expropiación de la vivienda alquilada, Rosa deja de ser arrendataria sin necesitar una sentencia judicial.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.