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Código Civil

Artículo 1692: Definición

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Texto literal del artículo

El subarrendamiento es el arrendamiento total o parcial del bien arrendado que celebra el arrendatario en favor de un tercero, a cambio de una renta, con asentimiento escrito del arrendador.

Resumen breve

El arrendatario puede alquilar total o parcialmente el bien que tiene arrendado a otra persona, a cambio de una renta. Para hacerlo, necesita el asentimiento escrito del arrendador.

Ejemplo cotidiano

Rosa alquila una habitación del departamento arrendado a Carlos por una renta, después de obtener la autorización escrita de su arrendador, Miguel.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.