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Código Civil

Artículo 1638: Intrasmisibilidad de la revocación

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Texto literal del artículo

No pasa a los herederos la facultad de revocar la donación.

Resumen breve

La facultad de revocar una donación no se transmite a los herederos de quien podía ejercerla. Por ello, los herederos no pueden revocar la donación únicamente por haber heredado esa facultad.

Ejemplo cotidiano

Rosa dona un terreno y fallece; sus hijos Luis y Ana no pueden revocar la donación por ser sus herederos.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.