Código Civil
Artículo 1638: Intrasmisibilidad de la revocación
Ver todos los artículosNo pasa a los herederos la facultad de revocar la donación.
La facultad de revocar una donación no se transmite a los herederos de quien podía ejercerla. Por ello, los herederos no pueden revocar la donación únicamente por haber heredado esa facultad.
Rosa dona un terreno y fallece; sus hijos Luis y Ana no pueden revocar la donación por ser sus herederos.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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