Código Civil
Artículo 1627: Compromiso de donar bien ajeno
Ver todos los artículosEl contrato en virtud del cual una persona se obliga a obtener que otra adquiera gratuitamente la propiedad de un bien que ambos saben que es ajeno, se rige por los artículos 1470, 1471 y 1472.
El contrato por el que una persona se compromete a lograr que otra adquiera gratuitamente un bien ajeno es válido cuando ambas saben que el bien pertenece a un tercero. Este contrato se rige por los artículos 1470, 1471 y 1472 del Código Civil.
Lucía se obliga frente a Diego a conseguir que Carla le done gratuitamente un terreno que ambos saben que pertenece a Carla, rigiéndose por artículos 1470, 1471 y 1472.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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