Código Civil
Artículo 1613: Suministro de plazo indeterminado
Ver todos los artículosSi la duración del suministro no se encuentra establecida, cada una de las partes puede separarse del contrato dando aviso previo en el plazo pactado, o, en su defecto, dentro de un plazo no menor de treinta días.
Cuando el contrato de suministro no fija cuánto durará, cualquiera de las partes puede terminarlo separándose del contrato. Debe avisar con el plazo acordado o, si no existe uno, con al menos treinta días de anticipación.
Rosa y Luis acuerdan entregas de arroz sin fijar duración; Rosa puede retirarse avisando con el plazo pactado o, si no existe, con treinta días de anticipación.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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