Código Civil
Artículo 1586: Definición
Ver todos los artículosPor la retroventa, el vendedor adquiere el derecho de resolver unilateralmente el contrato, sin necesidad de decisión judicial.
En una retroventa, el vendedor puede resolver unilateralmente el contrato (ponerle fin por su propia decisión). Para hacerlo, no necesita que un juez emita una decisión judicial.
Rosa, vendedora, ejerce la retroventa y resuelve el contrato celebrado con Carlos sin acudir a un juez.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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