Código Civil
Artículo 1501: Evicción parcial
Ver todos los artículosEn caso de evicción parcial, el adquirente tiene derecho a recibir el valor de la parte del bien cuyo derecho se pierde. Sin embargo, puede optar por la resolución del contrato, si esa parte es de tal importancia con respecto al todo que la haga inútil para la finalidad de la adquisición.
Cuando el adquirente pierde el derecho sobre una parte del bien, puede recibir el valor correspondiente a esa parte. También puede resolver el contrato (dejarlo sin efecto) si esa parte es tan importante que vuelve inútil el bien para la finalidad de la adquisición.
Rosa compra un terreno para construir una casa, pero pierde legalmente la parte indispensable para hacerlo, por lo que puede pedir el valor de esa parte o resolver el contrato.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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