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Código Civil

Artículo 1499: Intervención sustitutoria y coadyuvante en el proceso

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Texto literal del artículo

Si el transferente sale a juicio ocupará el lugar del adquirente como demandado hasta la conclusión del juicio. (*) Rectificado por Fe de Erratas publicada el 7 de setiembre de 1984. Cuando el adquirente lo solicite puede coadyuvar en la defensa.

Resumen breve

Cuando el transferente comparece en el juicio, reemplaza al adquirente como demandado hasta que el proceso termine. El adquirente puede solicitar intervenir para ayudar en la defensa (coadyuvar).

Ejemplo cotidiano

Rosa transfirió un inmueble a Carlos y, al iniciarse el juicio, Rosa ocupa el lugar de Carlos como demandada; Carlos pide ayudar en la defensa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.