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Código Civil

Artículo 1474: Plazo para nombramiento de tercero

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Texto literal del artículo

La declaración de nombramiento debe comunicarse a la otra parte dentro de un plazo que no podrá exceder de veinte días, contados a partir de la fecha de celebración del contrato. La declaración de nombramiento no tiene efecto si no es acompañada de la aceptación de la persona nombrada.

Resumen breve

El nombramiento de un tercero debe comunicarse a la otra parte dentro de los 20 días siguientes a la celebración del contrato. Además, la comunicación solo produce efectos si incluye la aceptación de la persona nombrada.

Ejemplo cotidiano

Carlos celebra un contrato el 1 de marzo y comunica el 15 de marzo que nombra a Rosa, adjuntando su aceptación.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.