Código Civil
Artículo 1475: Formalidad de la declaración de nombramiento
Ver todos los artículosLa declaración de nombramiento y la aceptación por la persona nombrada deben revestir la misma forma que las partes hayan usado para el contrato, aunque no esté prescrita por la ley.
La declaración para nombrar a una persona y la aceptación de esta deben hacerse usando la misma forma que las partes emplearon para celebrar el contrato. Esto se exige incluso cuando la ley no establece una forma obligatoria.
Rosa y Luis celebran un contrato por escritura pública y nombran a Carla; la declaración y aceptación de Carla deben constar también en escritura pública.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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