Código Civil
Artículo 1459: Declaración de herederos
Ver todos los artículosLa declaración de hacer uso del derecho puede ser efectuada por los herederos del tercero beneficiario, salvo pacto distinto.
Los herederos del tercero beneficiario pueden declarar que ejercerán el derecho que correspondía a este. Esta posibilidad no se aplica si existe un acuerdo que establece algo diferente.
Los herederos de Rosa declaran que ejercerán el derecho reconocido a ella, porque no existe un acuerdo que lo impida.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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