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Código Civil

Artículo 1450: Consignación del exceso

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Texto literal del artículo

Fenece el proceso si el demandado, dentro del plazo para contestar la demanda, consigna la diferencia del valor.

Resumen breve

El proceso termina cuando el demandado consigna la diferencia del valor dentro del plazo que tiene para contestar la demanda. La consignación es el depósito formal de ese monto.

Ejemplo cotidiano

Luis recibió una demanda y, antes de que venciera el plazo para responderla, consignó la diferencia del valor; por ello, el proceso terminó.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.