Código Civil
Artículo 1444: Nulidad de la renuncia a la acción
Ver todos los artículosEs nula la renuncia a la acción por excesiva onerosidad de la prestación.
Una persona no puede renunciar válidamente a la acción para solicitar una solución por excesiva onerosidad de la prestación (cuando cumplir se vuelve demasiado costoso). Esa renuncia es nula y no produce efectos legales.
Rosa firma un contrato, pero no puede renunciar válidamente a reclamar por el costo excesivo de cumplirlo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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