MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 1418: Negativa injustificada de celebrar contrato definitivo

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

La injustificada negativa del obligado a celebrar el contrato definitivo otorga a la otra parte alternativamente el derecho a: 1.- Exigir judicialmente la celebración del contrato. 2.- Solicitar se deje sin efecto el compromiso de contratar. En uno u otro caso hay lugar a la indemnización de daños y perjuicios.

Resumen breve

Cuando una parte se niega sin justificación a celebrar el contrato definitivo, la otra puede elegir entre exigir judicialmente que se celebre o dejar sin efecto el compromiso de contratar. En cualquiera de las dos opciones, puede reclamar una indemnización por los daños y perjuicios causados.

Ejemplo cotidiano

Rosa y Luis se comprometieron a vender una casa, pero Luis se niega injustificadamente; Rosa puede exigir judicialmente la venta o cancelar el compromiso y reclamar daños.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.