Código Civil
Artículo 1410: Cumplimiento sobre bien futuro
Ver todos los artículosCuando la obligación creada por el contrato recae sobre un bien futuro, el compromiso de entrega queda subordinado a su existencia posterior, salvo, que la obligación verse sobre una esperanza incierta, caso en el cual el contrato es aleatorio. Si la falta de entrega obedece a causas imputables al obligado, el acreedor puede recurrir a los derechos que le confiere la ley. Forma del Contrato
Cuando un contrato recae sobre un bien que todavía no existe, la entrega solo puede exigirse si ese bien llega a existir. Si se pactó una esperanza incierta, el contrato es aleatorio; pero si el obligado impide la entrega por una causa atribuible a él, el acreedor puede ejercer los derechos que la ley le reconoce.
Luis compra a Rosa la futura cosecha de café, pero solo podrá recibirla si efectivamente existe; si Rosa la destruye, podrá ejercer los derechos legales correspondientes.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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