Código Civil
Artículo 1409: Bienes objeto de la prestación
Ver todos los artículosLa prestación materia de la obligación creada por el contrato puede versar sobre: 1.- Bienes futuros, antes de que existan en especie, y también la esperanza incierta de que existan, salvo las prohibiciones establecidas por la ley. 2.- Bienes ajenos o afectados en garantía o embargados o sujetos a litigio por cualquier otra causa.
Un contrato puede tener como prestación bienes futuros, incluso antes de que existan, o la posibilidad incierta de que lleguen a existir, salvo que la ley lo prohíba. También puede referirse a bienes de otra persona, dados en garantía, embargados o sujetos a un litigio.
Rosa compra la futura cosecha de maíz de Juan, mientras Pedro acuerda vender un automóvil ajeno que está embargado.
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