Código Civil
Artículo 1387: Caducidad de oferta por muerte o incapacidad del destinatario
Ver todos los artículosLa muerte o la incapacidad sobreviniente del destinatario de la oferta determina la caducidad de ésta.
Si el destinatario de una oferta muere o queda incapacitado después de recibirla, la oferta caduca (deja de tener efecto).
Juan recibe una oferta de compra y, después, fallece; esa oferta caduca.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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