Código Civil
Artículo 137: Estatuto de las comunidades
Ver todos los artículosEl Poder Ejecutivo regula el estatuto de las comunidades, el cual consagra su autonomía económica y administrativa, así como los derechos y obligaciones de sus miembros y las demás normas para su reconocimiento, inscripción, organización y funcionamiento.
El Poder Ejecutivo debe regular las normas de las comunidades. Estas normas deben reconocer su autonomía económica y administrativa, establecer los derechos y obligaciones de sus miembros y definir cómo se reconocen, inscriben, organizan y funcionan.
La Comunidad Campesina Santa Rosa se inscribe conforme al estatuto aprobado por el Poder Ejecutivo, que define su autonomía administrativa y los deberes de sus comuneros.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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