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Código Civil

Artículo 1342: Exigibilidad de la penalidad y de la obligación

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Texto literal del artículo

Cuando la cláusula penal se estipula para el caso de mora o en seguridad de un pacto determinado, el acreedor tiene derecho para exigir, además de la penalidad, el cumplimiento de la obligación.

Resumen breve

Cuando la penalidad se pacta para sancionar el retraso (mora) o asegurar un acuerdo específico, el acreedor puede exigirla. Además, puede reclamar que se cumpla la obligación pendiente.

Ejemplo cotidiano

Rosa debía entregar una refrigeradora a Luis el lunes; al retrasarse, Luis puede exigir la penalidad pactada y también la entrega.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.