Código Civil
Artículo 1301: Efectos del cese de la consolidación
Ver todos los artículosSi la consolidación cesa, se restablece la separación de las calidades de acreedor y deudor reunidas en la misma persona. En tal caso, la obligación extinguida renace con todos sus accesorios, sin perjuicio del derecho de terceros. Transacción
Cuando una misma persona deja de ser a la vez acreedora y deudora (consolidación), la obligación que se había extinguido vuelve a existir junto con sus accesorios, como garantías o intereses. Este restablecimiento debe respetar los derechos de terceros.
Carlos era acreedor y deudor de Ana; al dejar de reunirse ambas calidades, la deuda renace con sus garantías, sin perjudicar a terceros.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe