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Código Civil

Artículo 1278: Novación objetiva

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Texto literal del artículo

Hay novación objetiva cuando el acreedor y el deudor sustituyen la obligación primitiva por otra, con prestación distinta o a título diferente.

Resumen breve

Existe novación objetiva cuando el acreedor y el deudor reemplazan la obligación original por otra. La nueva obligación debe tener una prestación distinta o basarse en un título diferente.

Ejemplo cotidiano

Juan debía entregar una computadora a Rosa, pero ambos acuerdan sustituir esa obligación por la entrega de una bicicleta.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.