Código Civil
Artículo 1277: Definición: requisitos
Ver todos los artículosPor la novación se sustituye una obligación por otra. Para que exista novación es preciso que la voluntad de novar se manifieste indubitablemente en la nueva obligación, o que la existencia de la anterior sea incompatible con la nueva.
La novación reemplaza una obligación por otra. Para que produzca ese efecto, la nueva obligación debe expresar claramente la intención de sustituir la anterior o ser incompatible con ella.
Rosa y José reemplazan una deuda de compraventa por un préstamo nuevo, dejando claro que la obligación anterior queda sustituida.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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