Código Civil
Artículo 1274: Prescripción de la acción por pago indebido
Ver todos los artículosLa acción para recuperar lo indebidamente pagado prescribe a los cinco años de efectuado el pago.
Quien pagó por error o sin deber puede pedir la devolución, pero debe hacerlo dentro de los cinco años posteriores al pago. Transcurrido ese plazo, prescribe (ya no puede exigirse) la acción para recuperar el dinero.
Rosa pagó dos veces una deuda a Carlos y debe reclamar la devolución dentro de los cinco años siguientes al segundo pago.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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