Código Civil
Artículo 1209: Cesión del derecho a participar en patrimonio hereditario
Ver todos los artículosTambién puede cederse el derecho a participar en un patrimonio hereditario ya causado, quedando el cedente obligado a garantizar su calidad de heredero.
Una persona puede ceder (transferir) su derecho a participar en una herencia que ya se abrió por el fallecimiento. Quien cede ese derecho debe garantizar que realmente tiene la condición de heredero.
Rosa, heredera de su padre fallecido, cede a Luis su derecho a participar en la herencia y garantiza que es heredera.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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