Código Civil
Artículo 1207: Formalidad de cesión de derechos
Ver todos los artículosLa cesión debe constar por escrito, bajo sanción de nulidad. Cuando el acto o contrato que constituye el título de la transferencia del derecho conste por escrito, este documento sirve de constancia de la cesión.
La cesión de un derecho debe constar por escrito; de lo contrario, es nula. Si el contrato o acto que origina la transferencia ya está escrito, ese mismo documento acredita la cesión.
Rosa cede a Luis su derecho de cobro mediante un contrato escrito, que también sirve como constancia de la cesión.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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