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Código Civil

Artículo 1201: Prorrateo de insolvencia de un codeudor

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Texto literal del artículo

Si el acreedor renuncia a la solidaridad respecto de uno de los deudores, y alguno de los otros es insolvente, la parte de éste se distribuye a prorrata entre todos los codeudores, comprendiendo a aquél que fue liberado de la solidaridad.

Resumen breve

Cuando el acreedor libera a uno de los deudores de la solidaridad (responsabilidad conjunta), y otro deudor queda insolvente, la parte que este no puede pagar se reparte proporcionalmente entre todos los codeudores. El reparto también incluye al deudor liberado de la solidaridad.

Ejemplo cotidiano

Ana, Bruno y Carla deben dinero; el acreedor libera a Ana de la solidaridad y, al quedar Bruno insolvente, su parte se reparte entre los tres.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.