Código Civil
Artículo 1150: Opciones del acreedor por inejecución de obligaciones
Ver todos los artículosEl incumplimiento de la obligación de hacer por culpa del deudor, faculta al acreedor a optar por cualquiera de las siguientes medidas: 1.- Exigir la ejecución forzada del hecho prometido, a no ser que sea necesario para ello emplear violencia contra la persona del deudor. 2.- Exigir que la prestación sea ejecutada por persona distinta al deudor y por cuenta de éste. 3.- Dejar sin efecto la obligación.
Cuando el deudor incumple por su culpa una obligación de hacer, el acreedor puede elegir entre exigir que cumpla, salvo que sea necesaria la violencia; encargar la prestación a otra persona, cobrando el costo al deudor; o dejar sin efecto la obligación.
Pedro debía pintar la casa de Rosa, pero no lo hizo por su culpa; Rosa puede exigirle cumplir, contratar a Luis por cuenta de Pedro o cancelar la obligación.
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