Código Civil
Artículo 1050: Extinción por falta de uso
Ver todos los artículosLas servidumbres se extinguen en todos los casos por el no uso durante cinco años.
Una servidumbre (derecho sobre otro predio) se extingue cuando nadie la usa durante cinco años. Al cumplirse ese plazo, la servidumbre deja de estar vigente.
Carlos no usa durante cinco años el camino que atraviesa el terreno de Rosa; por ello, la servidumbre se extingue.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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