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Código Civil

Artículo 1029: Carácter personal de los derechos de uso y habitación

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Texto literal del artículo

Los derechos de uso y habitación no pueden ser materia de ningún acto jurídico, salvo la consolidación. Superficie

Resumen breve

Los derechos de uso y habitación no pueden ser objeto de ningún acto jurídico, como una venta o cesión. La única excepción permitida es la consolidación.

Ejemplo cotidiano

Rosa no puede vender a Carlos su derecho de habitación, porque ese derecho no puede ser objeto de un acto jurídico.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.