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Ley General de Sociedades

Artículo 160: Calidad de accionista y persona natural

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No se requiere ser accionista para ser director, a menos que el estatuto disponga lo contrario. El cargo de director recae sólo en personas naturales.

Resumen breve

No se requiere ser accionista para ser director, a menos que el estatuto disponga lo contrario.

Texto reconstruido artículo por artículo desde el PDF de la Ley General de Sociedades, Ley N.º 26887, proporcionado por el usuario. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.