Ley General de Sociedades
Artículo 129: Presidencia y Secretaría de la Junta
Ver todos los artículosSalvo disposición diversa del estatuto, la junta general es presidida por el presidente del directorio. El gerente general de la sociedad actúa como secretario. En ausencia o impedimento de éstos, desempeñan tales funciones aquéllos de los concurrentes que la propia junta designe.
Salvo disposición diversa del estatuto, la junta general es presidida por el presidente del directorio.
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