TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 66: Cambios de competencia por motivos organizacionales
Ver todos los artículosSi durante la tramitación de un procedimiento administrativo, la competencia para conocerlo es transferida a otro órgano o entidad administrativa por motivos organizacionales, en éste continuará el procedimiento sin retrotraer etapas ni suspender plazos. (Texto según el artículo 66 de la Ley N° 27444)
Cuando una entidad transfiere a otro órgano o entidad la competencia (facultad para resolver) durante un procedimiento administrativo por motivos organizacionales, el nuevo encargado debe continuar la tramitación. No puede retroceder etapas ni suspender los plazos.
Al reorganizarse la Municipalidad de Lima, el expediente de licencia de funcionamiento de Rosa Quispe pasa a otra gerencia, que lo continúa sin retroceder etapas ni suspender plazos.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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