TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 22: Notificación a pluralidad de interesados
Ver todos los artículos22.1 Cuando sean varios sus destinatarios, el acto será notificado personalmente a todos, salvo sí actúan unidos bajo una misma representación o si han designado un domicilio común para notificaciones, en cuyo caso éstas se harán en dicha dirección única. 22.2 Si debiera notificarse a más de diez personas que han planteado una sola solicitud con derecho común, la notificación se hará con quien encabeza el escrito inicial, indicándole que trasmita la decisión a sus cointeresados. (Texto según el artículo 22 de la Ley N° 27444)
La autoridad debe notificar personalmente el acto a cada destinatario, salvo que actúen con una misma representación o hayan señalado un domicilio común; en esos casos, notificará en esa dirección. Cuando más de diez personas presenten una sola solicitud con derecho común, notificará a quien encabeza el escrito, quien debe transmitir la decisión a los demás.
Rosa, Luis y Ana designan el mismo domicilio, por lo que la entidad entrega allí la notificación para los tres.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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