TUO de la Ley Nº 27444
Artículo 212: Acto firme
Ver todos los artículosUna vez vencidos los plazos para interponer los recursos administrativos se perderá el derecho a articularlos quedando firme el acto. (Texto según el artículo 212 de la Ley N° 27444)
Cuando vencen los plazos para presentar recursos administrativos, la persona pierde el derecho a interponerlos. Como consecuencia, el acto administrativo queda firme y ya no puede ser impugnado mediante esos recursos.
María no presenta un recurso administrativo dentro del plazo establecido y pierde el derecho a hacerlo; por eso, el acto queda firme.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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