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TUO de la Ley Nº 27444

Artículo 14: Conservación del acto

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Texto literal del artículo

14.1 Cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservación del acto, procediéndose a su enmienda por la propia autoridad emisora. 14.2 Son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes, los siguientes: 14.2.1 El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivación. 14.2.2 El acto emitido con una motivación insuficiente o parcial. 14.2.3 El acto emitido con infracción a las formalidades no esenciales del procedimiento, considerando como tales aquellas cuya realización correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión final en aspectos importantes, o cuyo incumplimiento no afectare el debido proceso del administrado. 14.2.4 Cuando se concluya indudablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido, de no haberse producido el vicio. 14.2.5 Aquellos emitidos con omisión de documentación no esencial. 14.3 No obstante la conservación del acto, subsiste la responsabilidad administrativa de quien emite el acto viciado, salvo que la enmienda se produzca sin pedido de parte y antes de su ejecución. (Texto según el artículo 14 de la Ley N° 27444)

Resumen breve

Cuando un defecto del acto administrativo no es importante y no cambia la decisión ni afecta el debido proceso, la autoridad que lo emitió debe conservarlo y corregirlo. Quien emitió el acto mantiene responsabilidad administrativa, salvo que lo corrija de oficio antes de ejecutarlo y sin que alguien lo solicite.

Ejemplo cotidiano

La municipalidad omite un documento no esencial en la licencia de Rosa y la autoridad emisora corrige el acto sin cambiar su decisión.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.