Constitución Política del Perú
Artículo 47: Defensa judicial del Estado
Ver todos los artículosLa defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judiciales.
Los Procuradores Públicos tienen a su cargo defender los intereses del Estado, según las reglas que establezca la ley. Además, el Estado no debe pagar gastos judiciales.
En un juicio, el procurador público Luis defiende los intereses del Estado y la entidad estatal no paga gastos judiciales.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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