Constitución Política del Perú
Artículo 39: Funcionarios y trabajadores públicos
Ver todos los artículosTodos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El presidente de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio a la Nación y, en ese orden, los senadores y diputados, ministros de Estado, magistrados del Tribunal Constitucional y de la Junta Nacional de Justicia, los jueces supremos, los fiscales supremos y el defensor del pueblo, en igual categoría; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley.(*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley N° 31988, publicada el 20 de marzo de 2024.
Los funcionarios y trabajadores públicos deben servir a la Nación. El presidente de la República ocupa la máxima jerarquía; después siguen, en el orden indicado, senadores y diputados, ministros, magistrados del Tribunal Constitucional y la Junta Nacional de Justicia, jueces y fiscales supremos, el defensor del pueblo, y luego representantes de organismos descentralizados y alcaldes según la ley.
En una ceremonia estatal, el protocolo coloca al presidente de la República por encima de ministros, jueces supremos y alcaldes, según su jerarquía constitucional.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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