Constitución Política del Perú
Artículo 140: Pena de muerte
Ver todos los artículosLa pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.
El Estado peruano solo puede aplicar la pena de muerte por traición a la Patria cuando existe una guerra, o por terrorismo. En ambos casos, debe hacerlo conforme a las leyes y a los tratados internacionales que obligan al Perú.
Durante una guerra, Juan solo podría recibir esta pena por traición a la Patria, y conforme a las leyes y tratados aplicables al Perú.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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