Constitución Política del Perú
Artículo 119: Dirección y gestión de los servicios públicos
Ver todos los artículosLa dirección y la gestión de los servicios públicos están confiadas al Consejo de Ministros; y a cada ministro en los asuntos que competen a la cartera a su cargo.
El Consejo de Ministros tiene a su cargo dirigir y gestionar los servicios públicos. Cada ministro atiende esos asuntos dentro de las competencias de su propio ministerio.
Durante la emergencia sanitaria por COVID-19, el Consejo de Ministros coordinó la gestión de los servicios públicos y el ministro de Salud atendió los asuntos de su sector.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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