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Código Tributario

Artículo 28: COMPONENTES DE LA DEUDA TRIBUTARIA

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Texto literal del artículo

La Administración Tributaria exige el pago de la deuda tributaria que está constituida por el tributo, las multas y los intereses. Los intereses comprenden: 1. El interés moratorio por el pago extemporáneo del tributo a que se refiere el artículo 33; 2. El interés aplicable a las multas a que se refiere el artículo 181; y, 3. El interés por aplazamiento o fraccionamiento de pago previsto en el artículo 36. (*) Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley N° 31962, publicada el 19 de diciembre de 2023, y que entró en vigencia el 1 de enero de 2024.

Resumen breve

La Administración Tributaria exige pagar una deuda formada por el tributo, las multas y los intereses. Estos pueden ser moratorios por pagar tarde el tributo, aplicables a las multas o generados por aplazar o fraccionar el pago.

Ejemplo cotidiano

Pedro debe un tributo, una multa y los intereses correspondientes, por lo que la Administración Tributaria le exige pagar toda esa deuda.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.