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Código Tributario

Artículo 25: TRANSMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

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Texto literal del artículo

La obligación tributaria se transmite a los sucesores y demás adquirentes a título universal. En caso de herencia la responsabilidad está limitada al valor de los bienes y derechos que se reciba.

Resumen breve

La obligación tributaria pasa a los sucesores y a quienes adquieren bienes o derechos a título universal. Cuando se trata de una herencia, el responsable solo responde hasta el valor de los bienes y derechos que recibió.

Ejemplo cotidiano

Rosa hereda bienes valorizados en 20,000 soles y responde por la obligación tributaria solo hasta ese monto.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.