Código Tributario
Artículo 123: APOYO DE AUTORIDADES POLICIALES O ADMINISTRATIVAS
Ver todos los artículosPara facilitar la cobranza coactiva, las autoridades policiales o administrativas prestarán su apoyo inmediato, bajo sanción de destitución, sin costo alguno.
Durante una cobranza coactiva, las autoridades policiales o administrativas deben brindar apoyo inmediato y gratuito. El incumplimiento de esta obligación se sanciona con la destitución del funcionario responsable.
Durante la cobranza coactiva contra Rosa, el policía Luis y la funcionaria municipal Ana deben apoyar de inmediato sin cobrarle.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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