Código Tributario
Artículo 100: DEBER DE ABSTENCIÓN DE LOS VOCALES Y RESOLUTORES SECRETARIOS DE ATENCIÓN DE QUEJAS DEL TRIBUNAL FISCAL
Ver todos los artículosLos Vocales y Resolutores - Secretarios de Atención de Quejas del Tribunal Fiscal, bajo responsabilidad, se abstendrán de resolver en los casos previstos en el artículo 97 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. La causal prevista por el numeral 1) del mencionado artículo 97 también es aplicable cuando el Vocal o Resolutor - Secretario de Atención de Quejas es cónyuge, conviviente, pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con miembros de la Administración Tributaria que tengan o hayan tenido, según corresponda, participación directa y activa en los procedimientos que dieron origen a los actos que son materia de apelación o queja en el Tribunal Fiscal, lo que debe acreditarse documentariamente. Asimismo, la causal prevista por el numeral 5) del mismo artículo 97 también es aplicable cuando el Vocal o Resolutor - Secretario de Atención de Quejas haya tenido en los últimos doce (12) meses relación de servicio o de subordinación con la Administración Tributaria de la que proviene el expediente, siempre que el Vocal o Resolutor - Secretario de Atención de Quejas haya tenido participación directa y activa en los procedimientos que dieron origen a los actos que son materia de apelación o queja en el Tribunal Fiscal, lo que debe acreditarse documentariamente. (*) Artículo modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1421, publicado el 13 de setiembre de 2018. Nota de llamada (137) eliminada en la modificación.
Los Vocales y Resolutores-Secretarios de Atención de Quejas del Tribunal Fiscal deben abstenerse, bajo responsabilidad, de resolver los casos previstos en el artículo 97 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. También deben apartarse si son familiares de un funcionario tributario interviniente o si trabajaron subordinadamente para la Administración Tributaria en los últimos 12 meses y participaron directamente, acreditándose ambas situaciones documentalmente.
La vocal Rosa debe apartarse de una apelación porque su hermano, funcionario de la Administración Tributaria, participó directamente en el procedimiento cuestionado.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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