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Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 57: Aprobación a nivel fiscal

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Texto literal del artículo

57.1 Recibida el acta del acuerdo reparatorio, el/la fiscal, dentro de los diez (10) días de haberla recibido, realiza una diligencia conforme a lo establecido en el numeral 138.3 del artículo 138 del Código, en la que luego de escuchar a los sujetos intervinientes, decide aprobar o no el acuerdo. 57.2 Cuando se trate del supuesto regulado en el inciso 2 del numeral 56.1 del artículo 56 del Reglamento, si el/la fiscal lo considera necesario, puede disponer que el Equipo Técnico Interdisciplinario del Ministerio Público remita un informe, dentro del plazo de quince (15) días, sobre la viabilidad de los acuerdos y, en su caso, de la reparación acordada. Recibido el informe, el/la fiscal convoca a los sujetos procesales a una diligencia que se realiza dentro de los diez (10) días siguientes. 57.3 De aprobarse el acuerdo, emite la disposición de archivo provisional de la investigación, poniéndola en conocimiento del Equipo Técnico Interdisciplinario del Ministerio Público para su supervisión y control. 57.4 El/la fiscal puede, adicionalmente, establecer las medidas accesorias que considere pertinentes, conforme a lo señalado en el numeral 138.5 del artículo 138 del Código. (*) Numeral modificado por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 005-2025- JUS, publicado el 9 de marzo de 2025. Sin embargo, la única disposición complementaria transitoria del mencionado decreto supremo ha dispuesto que entrará en vigencia progresivamente, conforme a lo establecido en el segundo párrafo de la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1348 (Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes).

Resumen breve

Recibida el acta de un acuerdo reparatorio, el fiscal debe escuchar a las personas involucradas y decidir, dentro de diez días, si lo aprueba. En ciertos casos, puede pedir un informe técnico en quince días y convocar luego a una diligencia dentro de diez días. Si lo aprueba, archiva provisionalmente la investigación, ordena su supervisión y puede imponer medidas accesorias.

Ejemplo cotidiano

Tras el acuerdo entre José y Ana, el fiscal los escucha, lo aprueba en diez días y encarga al equipo técnico supervisar su cumplimiento.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.